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Términos y Condiciones de la Orden de Compra de Autolider Ecuador S.A.S

1.       Toda factura generada por el proveedor debe venir obligatoriamente acompañada de su respectiva orden de compra.

 

2.       Para procesar y realizar un pago, los proveedores, deberán encontrarse inscritos previamente en la correspondiente base de datos de AESAS presentando previamente toda la información requerida.

 

3.       Es obligación del proveedor actualizar por lo menos una vez al año su información en nuestra base de datos.

 

4.       Los pagos que por concepto de servicios, bienes o suministros que hayan sido prestados o entregados a AESAS. Por el o los terceros solo se realizarán a la cuenta bancaria registrada, la cual debe pertenecer al proveedor.

 

Cualquier modificación, es necesario adelantar nuevamente un proceso de actualización de datos y entrega de información. Todo certificado de retención de IVA o fuente a su vez será remitido al correo electrónico registrado por el proveedor.

 

5.       Las facturas deberán cumplir con la normatividad fiscal, tributaria y comercial vigente, reservándose AESAS, la posibilidad de rechazar aquellos documentos que no cumplan con la normatividad legal.

 

 

6.       Las facturas que recibe la compañía están sujetas a la verificación del recibo del bien o la prestación del servicio a satisfacción de AESAS, o el acompañamiento de la orden de compra o documentos exigidos por el área de tesorería, y en consecuencia nos reservamos desde ahora la posibilidad de rechazar o devolver facturas, toda vez que el recibo de estas por parte de las áreas encargadas de recepción no implica aceptación alguna.